Columna de opinión
“DOSCIENTOS AÑOS…”
Por Rodolfo José Bernat
El sábado pasado,
celebramos en todo el país el Bicentenario de la Declaración de la
Independencia y desde la web de la Casa Rosada se publicaba: “CELEBREMOS QUE EL
FUTURO DEPENDE DE CADA UNO DE NOSOTROS” “Feliz Independencia”. Debajo de este
título, encontramos los siguientes “copetes”: “Este año tenemos el privilegio
de celebrar los 200 años, de la Declaración de nuestra Independencia, una
celebración federal que nos une como argentinos”. Mas adelante: “Hoy, millones
de argentinos manifestamos nuestra vocación de construir juntos, desde una
diversidad que nos caracteriza y nos enriquece la Argentina que soñamos para
nuestro hijos y nietos.” Siguientes: “La Independencia es fruto del esfuerzo y
trabajo coordinado.”; “El tercer siglo va a ser el resultado de nuestro trabajo
y el de nuestros contemporáneos. Depende de nosotros y de nadie más. Es un
llamado a mirar adelante que incluye a cada uno de los argentinos, estén donde
estén. Es el espíritu de 1816, el mismo que imagino el futuro.”
Aquel glorioso día del 9 de julio de 1816, en la ciudad de
San Miguel de Tucumán, bajo la presidencia de Francisco Narciso de Laprida, los
congresistas ante la pregunta al plenario ¿“Quieren que las Provincias de la
Unión sean una nación libre e independiente de los reyes de España y su
metrópoli? Aclamaron primeramente llenos de santo ardor de la justicia, y uno a
uno reiteraron sucesivamente su unánime y espontaneo decidido voto por la independencia
del país.” Nacía, la República Argentina que se sumaba a los países
independientes del mundo.
¿Como recibimos este bicentenario de nuestra independencia
nacional? Con un gobierno saliente, después de 12 años continuos en el poder,
salpicado por innúmeras denuncias de
corrupción que involucran, desde la ex presidente Cristina Kirchner y a su vicepresidente, Amado Boudou, a sus principales
ministros, secretarios de estado, colaboradores y empresarios de la obra
pública. Con una economía “en rojo”, con un país que se caracterizo por su
capacidad de “mano de obra ocupada” y que hoy se encuentra con miles de
desocupados y planes sociales “vitalicios”, que profundizan las encuestas sobre
la pobreza y sobre todo, con un avance acelerado e inquietante de la
inseguridad y el narcotráfico, pero con un nuevo y supremo desafío, transformar
esta realidad de hoy, en la Patria Justa. Libre y Soberana, que en 1810 y 1816,
soñaron nuestros próceres y que hoy, a todos los argentinos/as, que se precien
de serlos, nos cabe el compromiso y la obligación de participar en esta nueva
cruzada nacional, para poder reafirmar con total convicción, la frase sublime
de nuestra canción patria: “Al Gran Pueblo Argentino, Salud”. En
la columna de la semana pasada, comencé a transcribir un documento elaborado
por la ONG “PODER CIUDADANO”, denominado “El rol de la Justicia en la lucha contra
la corrupción”, con el cual hoy, seguiré avanzando.
2. Elaboración de estadísticas judiciales integrales en
materia de corrupción.
Las estadísticas judiciales constituyen un elemento
indispensable a fin de diseñar estrategias para la lucha contra la corrupción
desde el poder judicial. La falta de dicha información, impide realizar un
diagnóstico en la materia y formular políticas para mejorar la efectividad de
las intervenciones judiciales en los procesos vinculados con delitos contra la
administración pública.
En la actualidad, la información en este campo es
prácticamente inexistente. Los escasos datos disponibles han sido generados
mayormente a través de esfuerzos desplegados por la sociedad civil. En tal
sentido, resulta dificultoso saber cuantos procesos se inician anualmente por
casos de corrupción, cuales son las tipologías mas frecuentes en estos casos,
cuales son los tiempos promedio de duración de los procesos, cuales son las
formas mas comunes de terminación delos mismos, etcétera.
La ausencia de datos estadísticos constituye una barrera en
la lucha contra la corrupción, especialmente en su faz represiva. Contar con
datos sobre la labor de los jueces en los casos de corrupción permitiría,
potenciar la efectividad de las intervenciones del poder judicial. La escasa
información disponible da cuenta que en la actualidad predominan los procesos
judiciales extremadamente extensos y con bajas tasas de condena.
A efectos de revertir esta situación se requiere estar con
información que permita realizar un diagnóstico preliminar y, posteriormente
monitorear la evolución del desempeño para finalmente diseñar propuestas a
tendientes a mejorar la efectividad de las intervenciones. Es preciso señalar
que estas falencias ya han sido destacadas en varias oportunidades por el
Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención Interamericana
contra la Corrupción (MESICIC).
3. Diseño de normativa y mecanismos institucionales para
promover la ética y probidad
el poder
judicial.
La sanción de la Ley de Ética en la Función Pública (Ley
25.188) busco regular el control ético y de probidad en los tres poderes del
Estado. Sin embargo, la mencionada Ley fue aplicada solamente en el ámbito del Poder
Ejecutivo. El Mecanismo de Seguimiento de la Implementación de la Convención
Interamericana contra la Corrupción (MESICIC), a través de sus informes al
Estado Argentino, ha reconocido los avances del Poder Ejecutivo en este sentido
y realizado recomendaciones al Poder Legislativo y al Poder Judicial.
En esa línea, la ausencia de controles efectivos en materia
de probidad de funcionarios/as judiciales es un elemento preocupante en tanto
posibilita que situaciones irregulares no sean sancionadas. Cabe destacar que
uno de los aspectos a tener en cuenta es el escaso avance en materia de control
patrimonial de los integrantes del Poder Judicial.
La Ley 26.857 intento introducir para mejorar la publicidad
de las declaraciones juradas (en adelante DDJJ) de jueces/as del Poder Judicial
de la Nación. Luego de la sanción de dicha norma, la Corte Suprema de Justicia
de la Nación estableció que esta continuaría siendo la autoridad de aplicación
tanto de la Ley 25.188 como de la Ley 26.857. En otras palabras, el seguimiento
de la presentación de las DDJJ de jueces/zas del Poder Judicial de la Nación y
la intimación en casos de omisiones, al igual que el control efectivo del
crecimiento patrimonial de dichos funcionarios, se encuentran bajo la órbita de
la Corte Suprema.
Sin embargo, el impacto de esta normativa ha sido escaso y
existe poca información respecto a su efectiva implementación. No hay datos que
permitan evaluar como ha sido el cumplimiento de las leyes 25.188 y 26.857,
cuales son los niveles reales de presentación de las DDJJ, que cantidad de
intimaciones se han enviado como consecuencias de las omisiones, cual fue el
resultado de las mismas, si ha habido denuncias judiciales o procedimientos
administrativos, etcétera. En el mismo sentido, si bien la Ley 26.857
estableció que las DDJJ son de carácter público, de libre accesibilidad y que
podrán ser consultadas por toda persona interesada en forma gratuita a través
de Internet, esto no se cumple y se verifican numerosos obstáculos para acceder
a dichos datos. En este contexto, se torna imperativa la sanción de un marco
normativo que disponga un mecanismo efectivo, transparente y público para la
gestión de las DDJJ y para el control real del patrimonio de los integrantes
del Poder Judicial de la Nación. Esto constituye un requisito indispensable
para poder fijar altos niveles de probidad en la función judicial y, al mismo
tiempo, reducir los márgenes de discrecionalidad a través de políticas de control. Cabe señalar que la Ley
26.857, dispone en su artículo 6°, que el Poder Legislativo y el Poder Judicial
deben designar una dependencia ante la cual presentar las declaraciones juradas
patrimoniales. Mas aún, tal organismo debería realizar un control de la evolución patrimonial, lo
cual hasta la fecha, no se ha implementado.
En la próxima columna, tratare de transcribir los puntos 4°
al 7°, de este documento que cualquier lector puede bajar por Internet del sitio de Poder
Ciudadano. El conocer que se han y se implementan diferentes normativas, en la
lucha contra la corrupción es un deber de todo ciudadano/a de fomentar su
difusión. Es mi opinión, solamente.
Florencio Varela, 10 de julio de 2016.-
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